viernes, 29 de enero de 2016

SENALOGIA






HIMNO DEL SENA.

letra: luis alfredo sarmiento
música: Maniel marlez
coro

Estudiantes del sena adelante
por colombia luchad con amor
con el animo noble y radiante
transformémosla en mundo mejor
I
De la patria el futuro destino,
en las manos del joven está,
el trabajo es seguro camino,
que el progreso a colombia dará.
II
En la forja del sena se forman,
hombres libres que anhelan triunfar,
con la ciencia y la técnica unidas,
nuevos rumbos de paz trazarán.
III
Hoy la patria nos grita sentida,
¡estudiantes del sena triunfad!
solo así lograréis en la vida,
más justicia, mayor libertad.
IV
Avancemos con fuerza guerrera,
¡estudiantes con firme tezón!
que la patria en nosotros espera,
su pacífica revolución.

MISIÓN

El servicio nacional de aprendizaje - sena está encargado de cumplir la función que
corresponde al estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los
trabajadores colombianos; ofreciendo y ejecutando la formación profesional
integral, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades
productivas que contribuyan al desarrollo social económico y tecnológico del país.

VISIÓN

el actuar organizacional dentro de los principios y los valores permitirá a la institución
construir su deber ser dentro de su orientación misional. por ello el sena deberá liderar,
asegurar, medir y consolidar la función misional de la entidad. el sena será una
organización de conocimiento para el país, con una vocación global, comprometida en
la formación profesional integral de los trabajadores, promotora y facilitadora de la
innovación y el desarrollo tecnológico y de una cultura de emprendimiento, como el
camino para mejorar la calidad de vida y la equidad frente a la igualdad de
oportunidades, base de la paz y el crecimiento nacional.

 FUNCIONES DEL SENA

1-impulsar la promoción social del trabajador, a través de su formación profesional
integral, para hacer de él un ciudadano útil y responsable, poseedor de valores morales
éticos, culturales y ecológicos.

2-velar por el mantenimiento de los mecanismos que aseguren el cumplimiento de las
disposiciones legales y reglamentarias, relacionadas con el contrato de aprendizaje.
organizar, desarrollar, administrar y ejecutar programas de formación profesional
integral, en coordinación y en función de las necesidades sociales y del sector
productivo.

3-velar porque en los contenidos de los programas de formación profesional se
mantenga la unidad técnica.

4-crear y administrar un sistema de información sobre oferta y demanda laboral.
adelantar programas de formación tecnológica y técnica profesional, en los términos
previstos en las disposiciones legales respectivas.

5-diseñar, promover y ejecutar programas de formación profesional integral para
sectores desprotegidos de la población.

6-dar capacitación en aspectos socio-empresariales a los productores y comunidades
delsector informal urbano y rural.

7-organizar programas de formación profesional integral para personas desempleadas
subempleadas y programas de readaptación profesional para personas
discapacitadas.

8-expedir títulos y certificados de los programas y cursos que imparta o valide, dentro
de los campos propios de la formación profesional integral, en los niveles que las
disposiciones legales le autoricen.

9-desarrollar investigaciones que se relacionen con la organización del trabajo y el

10-avance tecnológico del país, en función de los programas de formación profesional.

11-asesorar al ministerio de trabajo y seguridad social en la realización de
investigaciones sobre recursos humanos y en la elaboración y permanente
actualización de la clasificación nacional de ocupaciones, que sirva de insumo a la
planeación y elaboración de planes y programas de formación profesional integral.
asesorar al ministerio de educación nacional en el diseño de los programas de
educación media técnica, para articularlos con la formación profesional integral.

12-prestar servicios tecnológicos en función de la formación profesional integral, cuyos
costos serán cubiertos plenamente por los beneficiarios, siempre y cuando no se afecte la prestación de los programas de formación profesional.

PRINCIPIOS

•primero la vida
•la dignidad del ser humano
•la libertad con responsabilidad
•el bien común prevalece sobre los intereses particulares

•formación para la vida y el trabajo

VALORES

•respeto
•librepensamiento y actitud crítica
•liderazgo
•solidaridad
•justicia y equidad
•transparencia
•creatividad e innovación




REGLAMENTO DEL APRENDIZ

Articulo 1. la formación profesional integral que orienta el servicio nacional de
aprendizaje  sena constituye un proceso educativo teórico-práctico de carácter integral,
orientado al desarrollo de conocimientos técnicos,  tecnológicos y de actitudes y valores
para el desarrollo humano y la convivencia social, que le permiten a la persona actuar
critica y creativa mente en los contextos productivo y social, es decir, en el mundo de la
vida.

Articulo 2. en la formación profesional integral participa la comunidad educativa
constituida por aprendices,  instructores, padres de familia o acudientes, egresados,
personal administrativo y de apoyo, directivos,  gremios de la producción y
representantes de los trabajadores, de los sectores económicos y sociales y de la
comunidad científica.

Articulo 3. se considera aprendiz sena a toda persona matriculada en los programas
de formación profesional de la entidad, en cualquier tipo de formación: titulada o
complementaria, desde las diferentes modalidades presencial, virtual o combinada, por
consiguiente debe ser consciente y vivenciar que derechos y deberes son correlativos e
inseparables en su proceso formativo

Articulo 4. el aprendiz sena es protagonista de su formación profesional integral cuya
constante debe estar orientada a un buen ser humano y un buen ciudadano, solidario,
líder, emprendedor, creativo y libre pensador con capacidad critica.

Articulo 5. el centro de formación profesional que tenga el servicio de internado para
aprendices tendrá disposiciones específicas inscritas en el ámbito del presente
reglamento.

Articulo 6. cada centro de formación de acuerdo con sus condiciones y necesidades
propias, facilitara un debido proceso, con base en saber ser, convivir y habitar a través
de un acuerdo de convivencia, como herramienta que complementa, y que no modifica,
lo establecido en el presente reglamento.


capitulo II
Derechos del aprendiz sena

articulo 7. el derecho es la potestad que tiene el aprendiz de gozar de libertades y
oportunidades sin exclusión por razones de género, raza, origen familiar, discapacidad,
nacionalidad lengua, religión, opinión política o filosófica. principalmente todas las
personas tienen derecho a la educación y al desarrollo de su personalidad,
garantizando a su vez, su desarrollo armónico e integral.

Derechos

  •      Recibir la formación profesional adecuada de acuerdo al  programa
  •      Tener amplio conocimiento sobre el sena.
  •      Disponer de los recursos físicos del centro de formación.
  •      Recibir legalización al momento de la matricula, un carnet que lo acredite como aprendiz del sena.
  •      Sacar máximo provecho de los beneficios que nos ofrece el sena.

Capitulo III
Deberes del aprendiz sena

Articulo 9. se entiende por deber, la obligación legal, social y moral que compromete
ala persona a cumplir con determinada actuación, asumiendo con responsabilidad
todos sus actos, para propiciar la armonía, el respeto, la integración, el bienestar
común, la sana convivencia, el servicio a los demás, la seguridad de las personas y de
los bienes de la institución.

Deberes

1-cumplir con las actividades definidas durante su etapa lectiva y productiva.
2-respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.
3-verificar  y estar actualizado con los datos básicos del aprendiz
4-participar con las actividades relacionadas con el programa de formación.
5-proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación del
medio ambiente sano.

Capitulo IV
Prohibiciones

Articulo 10. se considerarán prohibiciones para los aprendices del sena, las siguientes:

1-plagiar materiales, trabajos y demás documentos generados en los grupos de trabajo
o producto del trabajo en equipo institucional, así como las fuentes bibliográficas
consultadas en los diferentes soportes.
2-incumplir con las actividades de aprendizaje acordadas y los compromisos adquiridos
como aprendiz sena, sin justa causa.
3-terminar unilateralmente el control de aprendizaje, sin el visto bueno del empleador y
del sena.
4-realizar fraude en evaluaciones, en el proceso de aprendizaje o en concursos, juegos
o competencias de cualquier carácter.



Capitulo V

desarrollo de la etapa productiva


Articulo 11. apropiación y desarrollo del conocimiento. la etapa productiva del
programa de formación es aquella en la cual el aprendiz sena aplica, complementa
fortalece y consolida sus competencias, en términos de conocimiento, habilidades,
destrezas, actitudes y valores.
La etapa productiva debe permitirle al aprendiz aplicar en la resolución de problemas
reales del sector productivo, los conocimientos, habilidades y destrezas pertinentes a
las competencias del programa de formación, asumiendo estrategias y metodologías de
auto gestión.
Articulo 12. alternativas para el desarrollo de la etapa productiva. para la realización de
la etapa productiva requerida en el proceso de aprendizaje de los aprendices del sena,
se deben considerar las siguientes alternativas:


Desempeño en una empresa a través del contrato de aprendizaje
desempeño a través de vinculación laboral o contractual en actividades relacionadas
con el programa
participación en un proyecto productivo, o en sena – empresa, o en sena proveedor
sena o en producción de centros, cuando se definen los proyectos en el marco de un
programa de formación.
de apoyo de una unidad productiva familiar, donde el aprendiz pueda mirar en las
actividades que desarrolla las competencias adquiridas durante su proceso de
formación.
de apoyo de una institución estatal nacional, territorial, o a una ong, o a una entidad sin
ánimo de lucro, para el desempeño de actividades practicas asociadas a su programa
de formación


Capitulo Vll
Faltas académicas y disciplinarias

Articulo 23. faltas que afectan el proceso de aprendizaje y la convivencia. se
consideran faltas las acciones u omisiones que alteran el normal desarrollo de la
formación, la convivencia en la comunidad educativa, el desempeño académico del
aprendiz o de sus compañeros, y que al presentarse originan la necesidad de una
medida sancionatoria y/o formativa.

Articulo 24. clasificación de las faltas: las faltas del aprendiz pueden ser académicas o
disciplinarias.

Faltas académicas: están relacionadas directamente con el compromiso del aprendiz
respecto a la apropiación y transferencia del conocimiento, así como el desarrollo de
habilidades y competencias que le permitan su desempeño, y gestionar procesos de
aprendizaje autónomo. se configura la falta académica cuando el aprendiz incurre con
su actuación u omisión en una de las prohibiciones, incumple un deber o se extralimita
en el ejercicio de un derecho, que sean de índole académica.

Faltas disciplinarias: están relacionadas directamente con factores comportamentales
del aprendiz. se configura la falta disciplinaria cuando el aprendiz incurre con su
actuación u omisión en una de las prohibiciones, incumple un deber o se extralimita en
el ejercicio de sus derechos de carácter comportamental.